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DESDE HOY RIGE LA NORMATIVA DE VIDRIOS POLARIZADOS

Luego de tres meses de marchas blancas, hoy entra en vigencia la normativa que regula el uso de vidrios polarizados, con el objetivo de potenciar la conducción segura. Tal y como señala el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en su página web, la normativa pretende garantizar que los cristales de visión directa sean lo suficientemente transparentes como para no distorsionar los objetos del vehículo. Además de brindar claridad al habitáculo, también se buscó el uso de vidrios polarizados para no causar confusión al conductor sobre los semáforos y el color de los semáforos.

En rigor, a partir de ahora, las fábricas de inspección técnica inspeccionarán los cristales tintados según la transmitancia regular de luz (FTRL) especificada en la normativa. “En el caso de los vehículos livianos y medianos, el FTRL para las lunas laterales delanteras alcanza el 70% y el FTRL para las lunas laterales traseras y traseras alcanza el 28%, un margen del 5% en ambos casos. Está absolutamente prohibido el parabrisas, tiene que tener 100 por ciento de visibilidad”.

En cualquier caso, la lámina debe contar con un sello en relieve e indeleble con el FTRL, el nombre y RUT del instalador.

Ahora bien, ¿qué prohíbe la nueva normativa?

  • Láminas reflectivas, metálicas o espejadas.
  • Láminas de colores: ámbar, amarillo, rojo y azul, en cualquiera de sus matices.
  • Láminas sobre vidrios oscurecidos o tinteados en vidrios que de fábrica están permitidos.
  • Láminas con imperfecciones, adheridas en la superficie externa de los vidrios o no instaladas en un sólo paño.

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